Rapidez: El arbitraje debe solucionar el conflicto en un plazo máximo de seis meses, mientras que los tribunales ordinarios pueden tardar años.
Flexibilidad: El proceso es mucho menos formalista que la vía judicial, haciéndolo más sencillo y flexible.
Confidencialidad: El árbitro está obligado a guardar silencio, mientras que los procesos judiciales son públicos.
Especialización: Las partes en conflicto pueden decidir el árbitro o los árbitros (1 ó 3). Si no, la Corte Arbitral elige a un especialista en la materia.
Costes: .El proceso arbitral suele resultar más caro que la Justicia ordinaria, ya que al ser un procedimiento de resolución privado, hay que pagar al árbitro o los árbitros. La tarifa suele consistir en un porcentaje de la cuantía en disputa.
En Gipuzkoa: La
Corte Arbitral de la Cámara de Gipuzkoa dispone de una relación de árbitros formada por una docena de juristas de prestigio (catedráticos, abogados, ex notarios...) que cada año resuelven una veintena de casos.
Entrevista con Alberto Emparanza Árbitro de la Corte de Gipuzkoa en Diario Vasco
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